ECTS credits ECTS credits: 4.5
ECTS Hours Rules/Memories Student's work ECTS: 74.25 Hours of tutorials: 2.25 Expository Class: 18 Interactive Classroom: 18 Total: 112.5
Use languages Spanish, Galician
Type: Ordinary Degree Subject RD 1393/2007 - 822/2021
Departments: Special Public Law and Company Law
Areas: Criminal Law
Center Faculty of Law
Call: Second Semester
Teaching: With teaching
Enrolment: Enrollable
Frente a la formulación general de conceptos y principios que debe caracterizar la enseñanza del Derecho Penal, parte general, la docencia a impartir en la asignatura Derecho Penal, parte especial, se dedica al análisis sistemático y singularizado de los concretos tipos delictivos, pudiendo afirmarse que tiene carácter concreto y fragmentario y que representa la materia y el complemento de aquélla. Se trata, pues, de ofrecer al alumnado una visión clara y sistemática de los diversos delitos y faltas contenidos en los Libros II y III del Código penal español. Naturalmente, ello no significa que deba agobiarse al alumno con un análisis exhaustivo de todos y cada uno de los delitos que componen la materia. Para prevenir un peligroso alejamiento de la realidad social del conocimiento del Derecho penal, habrá de aludirse también a la tarea aplicativa llevada a cabo por los órganos jurisdiccionales. Conocer y entender el sistema penal significa conocer y entender la forma en que la jurisprudencia aplica los concretos preceptos legales. Los pronunciamientos jurisprudenciales no son –obvio es decirlo- “ley” en sentido formal, pero sí representan un importante complemento de la producción legislativa; de hecho, cuando los términos legales viene redactados con excesiva vaguedad, la sentencia (que debe mirar a las circunstancias sociales del momento en que se dicta) puede llegar a asumir, incluso, el papel de fuente sustantiva. La comprensión de los problemas prácticos y político-criminales que plantean las principales figuras delictivas, así como de los concretos mecanismos de que disponen el legislador, el juez y el intérprete a la hora de resolverlos constituyen, pues, asimismo, objetivos primordiales de la materia.
DELITOS CONTRA EL ORDEN SOCIOECONÓMICO
1.- Delitos relativos a la propiedad intelectual. Delitos relativos a la propiedad industrial. Delitos relativos al mercado y a los consumidores. Delito de sustracción de cosa propia a su utilidad social o cultural. Delitos societarios. Receptación y conductas afines. Delitos contra la financiación ilegal de los partidos políticos. Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
2.- Delitos relativos a la ordenación del territorio. Delitos sobre el patrimonio histórico. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. Delitos relativos a la protección de la flora y la fauna. Delitos de riesgo catastrófico. Incendios. Delitos contra la salud pública. Delitos contra la seguridad del tráfico.
DELITOS CONTRA LA COMUNIDAD
3.- Falsedades. Falsificación de moneda y efectos timbrados. Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de despachos transmitidos por servicios de telecomunicación. Falsificación de documentos privados. Falsificación de certificados. Usurpación de estado civil. Usurpación de funciones públicas e intrusismo.
4.- Delitos contra la Administración Pública. Prevaricación y otros comportamientos injustos. Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos. Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Cohecho. Tráfico de influencias. Fraudes y exacciones ilegales. Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función. Delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales.
5.- Delitos contra la Administración de Justicia. Prevaricación. Omisión del deber de impedir delitos o de promover su persecución. Encubrimiento. Realización arbitraria del propio derecho. Acusación y denuncia falsas y simulación de delitos. Falso testimonio. Obstrucción a la justicia. Deslealtad profesional. Quebrantamiento de condena.
6.- Delitos contra la Constitución. Rebelión. Delitos contra la corona. Delitos contra las instituciones del Estado. Usurpación de atribuciones. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos contra la libertad de conciencia, los sentimientos religiosos y el respeto a los difuntos. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
7.- Delitos contra el orden público. Sedición. Atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, resistencia y desobediencia. Desórdenes públicos. Tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos. Terrorismo.
8.- Delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado, y relativos a la defensa nacional. Traición. Delitos que comprometen la paz o la independencia del Estado. Delitos relativos a la defensa nacional. Descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativas a la defensa nacional.
9.- Delitos contra la comunidad internacional. Delitos contra el derecho de gentes. Genocidio. Delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.
* Álvarez García, F.J.: Derecho penal español. Parte Especial, Tirant lo Blanch, Valencia.
* Muñoz Conde, F.: Derecho Penal. Parte Especial, Tirant lo Blanch, Valencia.
* Queralt Jiménez, J. J.: Derecho Penal español. Parte Especial, Atelier, Barcelona.
* Quintero Olivares, G. e outros: Comentarios al Código Penal Español, Aranzadi Thomson Reuters, Cizur Menor.
* Vives Antón, T. S.: Derecho Penal. Parte especial, Tirant lo Blanch, Valencia.
*Suárez-Mira Rodríguez y otros: Manual de Derecho Penal. Tomo II. Parte Especial. Thomson Reuters. Cizur Menor.
- Distinguir los diferentes elementos de los tipos penales de la parte especial, así como ponderar las críticas tanto doctrinales como jurisprudenciales vertidas sobre los mismos.
- Resolución de casos reales previamente juzgados por nuestros tribunales penales, con el objeto de adecuar los conocimientos teóricos adquiridos en clase sobre las diferentes figuras delictivas a la práctica jurisprudencial.
-Emplear monografías, revistas científicas e internet como herramientas de información que faciliten el esclarecimiento de las dudas relacionadas con la Parte especial del Derecho penal.
El carácter cuatrimestral de la asignatura “Derecho Penal, parte especial-Delitos contra el orden socioeconómico y contra la Comunidad" en el plan de estudios vigente en la Universidad de Santiago de Compostela, obliga a sintetizar en las lecciones teóricas el contenido básico de dicha disciplina, sustituyendo la exposición detallada de los manuales y monografías por una explicación más ágil y participativa. La enseñanza de cada uno de los temas del programas discurrirá por una serie de elementos comunes: antecedentes históricos de la figura delictiva en cuestión, bien o bienes jurídicos que se aspira a proteger con ella, aspectos objetivos y subjetivos que presenta su redacción típica, relaciones con otras figuras delictivas, así como las concretas sanciones penales previstas para ellas. Las clases prácticas revisten una especial importancia en una disciplina que, como el Derecho penal, parte especial, posee un considerable grado de abstracción teórica. A tal efecto, se recurrirá en la explicación de la materia a expedientes como la aportación del mayor número posible de ejemplos y la puesta a disposición de los alumnos de la Jurisprudencia más representativa en la materia. El “caso” como método de explicación, además de servir de eslabón entre el problema práctico y la explicación teórica, persigue como objetivo fundamental desarrollar la capacidad argumentativa y de crítica de los alumnos, al propio tiempo que les ofrece la posibilidad de evaluar, por sí mismos, el grado de comprensión del contenido de cada asignatura que van alcanzando. Además, la clase práctica representa el instrumento idóneo para evitar que la enseñanza del Derecho penal caiga en un puro ejercicio especulativo, sobre todo si los supuestos con los que se trabaja se alejan a los “casos de laboratorio” y se toman de la praxis jurisprudencial, que proporciona no pocas muestras de hasta qué punto los sucesos reales, cuando menos en nuestra materia, pueden rebasar en complejidad a los ficticios.
La asistencia voluntaria a juicios penales será una actividad práctica voluntaria valorable como asistencia a clase interactiva. En clase los alumnos expondrán al grupo lo presenciado y se dará respuesta a las cuestiones que hayan planteado por escrito en relación a lo presenciado. Quienes no puedan acudir, realizarán una actividad alternativa (exposición a la clase de un resumen de una película o de una noticia de actualidad que tenga relación con la materia)
Se empleará el Campus Virtual y Microsoft Teams.
La calificación final de los/as estudiantes se conformará del siguiente modo:
- Un 90% de la calificación se corresponderá con el resultado de una prueba final tipo test. En ella se ponderarán los conocimientos del alumnado sobre el contenido de la asignatura, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para poderle sumar la calificación obtenida en otras actividades realizadas durante el cuatrimestre.
- El 10% restante se obtendrá mediante la realización de las actividades programadas durante las ocho semanas de clases interactivas.
A efectos de la normativa de permanencia en la USC se entiende que la única actividad evaluable es el examen.
Los alumnos con exención de docencia realizarán, en número, exigencia y ritmo, las mismas actividades prácticas que se llevan a cabo en las clases interactivas, con las adaptaciones que en su caso procedan.
Las fechas y horas de la revisión de los exámenes se fijarán y desarrollarán de acuerdo con la normativa interna de la USC.
- Docencia expositiva: 30 horas.
- Docencia interactiva: 10 horas.
- Tutorías en grupo reducido: 5 horas.
- Total de horas presenciales: 45 horas.
- Estudio individual o en grupo: 60 horas.
- Resolución de casos prácticos o trabajos: 7,5 horas.
- Total de horas no presenciales: 67,5 horas.
- Volumen de trabajo global mínimo: 112,5 horas.
Se recomienda, para la asimilación de la materia, un estudio diario de la disciplina, el uso de las tutorías y el empleo de materiales didácticos complementarios con los que la asignatura cuenta en el Campus virtual de la USC.
Gumersindo Guinarte Cabada
- Department
- Special Public Law and Company Law
- Area
- Criminal Law
- Phone
- 881814684
- gumersindo.guinarte [at] usc.es
- Category
- Professor: University Lecturer
Maria Inmaculada Valeije Alvarez
Coordinador/a- Department
- Special Public Law and Company Law
- Area
- Criminal Law
- Phone
- 881814692
- inma.valeije [at] usc.es
- Category
- Professor: University Lecturer
Maria Castro Corredoira
- Department
- Special Public Law and Company Law
- Area
- Criminal Law
- maria.castro.corredoira [at] usc.es
- Category
- Professor: Intern Assistant LOSU
Angel Manuel Pantin Reigada
- Department
- Special Public Law and Company Law
- Area
- Criminal Law
- angelmanuel.pantin [at] usc.es
- Category
- Professor: LOU (Organic Law for Universities) Associate University Professor
Angel Manuel Pantin Reigada
- Department
- Special Public Law and Company Law
- Area
- Criminal Law
- angelmanuel.pantin [at] usc.es
- Category
- Professor: LOSU (Organic Law Of University System) Associate University Professor
Tuesday | |||
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10:30-12:00 | Grupo A-horario de mañana (A-F) | Spanish | Classroom 5 |
15:00-16:30 | Grupo B-horario de tarde (G-O) | Spanish | Classroom 3 |
Thursday | |||
16:30-18:00 | Grupo C - horario de tarde (P-Z) | Spanish | Classroom 5 |
Friday | |||
16:30-18:00 | Grupo C - horario de tarde (P-Z) | Spanish | Classroom 5 |
06.02.2025 10:00-12:00 | Grupo B-horario de tarde (G-O) | Classroom 1 |
06.02.2025 13:00-15:00 | Grupo A-horario de mañana (A-F) | Classroom 1 |
06.02.2025 16:00-18:00 | Grupo C - horario de tarde (P-Z) | Classroom 1 |