Créditos ECTS Créditos ECTS: 9
Horas ECTS Criterios/Memorias Trabajo del Alumno/a ECTS: 148.5 Horas de Tutorías: 4.5 Clase Expositiva: 36 Clase Interactiva: 36 Total: 225
Lenguas de uso Castellano, Gallego
Tipo: Materia Ordinaria Grado RD 1393/2007 - 822/2021
Departamentos: Derecho Común
Áreas: Derecho Internacional Privado
Centro Facultad de Derecho
Convocatoria: Anual
Docencia: Con docencia
Matrícula: Matriculable
1.- Comprensión de los problemas básicos del Derecho internacional privado.
2.- Dominio de la normativa legal de Derecho internacional privado, en especial, procura e identificación de las normas a aplicar y manejo adecuado de los instrumentos básicos de esta disciplina.
3.- Selección del régimen aplicable y correcta aplicación a supuestos prácticos de Derecho internacional privado.
4.- Identificación y delimitación de los problemas de aplicación de la normativa de Derecho internacional privado, en especial, los referentes a la competencia judicial internacional, ley aplicable y reconocimiento de decisiones, documentos y actos jurídicos extranjeros.
5.- Correcta selección y elección del régimen jurídico a aplicar en cada caso.
6.- Articulación de un razonamiento jurídico coherente de Derecho internacional privado.
7.- Preparación adecuada de los futuros profesionales del Derecho en el campo específico do Derecho internacional privado.
1.- Identificación de los presupuestos, objeto, contenido y funciones básicas del Derecho internacional privado: delimitación respecto de disciplinas afines; precisión de la situación privada internacional (situaciones jurídicamente heterogéneas; incidencia del elemento comunitario en la pluralidad normativa); precisión de los términos garantía de la continuidad de las relaciones jurídicas en el espacio.
2.- Procedimientos de producción jurídica: la Constitución y la Ley, y los procedimientos de carácter interestatal. Especial referencia al Derecho internacional privado comunitario: Convenio, Directiva, Reglamento.
3.- Análisis de los problemas de competencia judicial internacional: identificación de los juzgados y Tribunales internacionalmente competentes.
4.- Eficacia en el foro de actos y resoluciones extranjeras. Atención a los distintos regímenes convencional, comunitario y de Derecho autónomo. Reconocimiento de resoluciones especiales: laudos arbitrales; condenas en costas; transacciones judiciales; medidas provisionales y cautelares, y actos de jurisdicción voluntaria.
5.- Análisis de la problemática de Derecho aplicable. Técnicas normativas: especial referencia a la norma de conflicto. Problemas de aplicación de la norma de conflicto en su remisión a un Derecho extranjero.
6.- Régimen del proceso con elemento extranjero: la regla lex fori regit processum y el tratamiento procesal del Derecho extranjero.
7.- Asistencia judicial internacional. Régimen convencional y autónomo.
8.- Derecho civil internacional: persona física y capacidad; obligaciones contractuales y extracontractuales; derechos reales y cosas; familias, matrimonio y crisis matrimoniales; filiación y alimentos; sucesión por causa de muerte.
PROGRAMA D.i.pr. 2024/2025
Parte I
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: INTRODUCCIÓN Y PARTE GENERAL
§ I
Derecho internacional privado y reglamentación jurídica de situaciones privadas internacionales
LECCIÓN 1.- PRESUPUESTOS, OBJETO, CONTENIDO Y FUNCIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
1.- Presupuestos del D.I.Pr.: pluralismo jurídico y jurisdiccional 2.- Caracteres generales de la disciplina; delimitación de disciplinas afines. 3.- Precisión del objeto del D.I.Pr.: elemento extranjero y situación privada internacional. 4.- Funciones del D.I.Pr. 5.- Contenido del D.I.Pr.: A) El sistema normativo: distintas concepciones; B) En especial: el llamado Derecho interregional o interterritorial.
§ II
Formación de un sistema de Derecho internacional privado
LECCIÓN 2.- PROCEDIMIENTOS DE PRODUCCIÓN JURÍDICA
1.- Procedimientos de producción jurídica de carácter estatal: A) D.I.Pr. y Constitución; B) La Ley: carácter legal y rasgos generales del sistema español de D.I.Pr. 3.- Procedimientos de producción jurídica de carácter interestatal: problemas condicionantes de la codificación internacional del D.I.Pr. 4.- D.I.Pr. de la UE: A) La competencia de la UE en materia de D.I.Pr.: evolución y situación actual; B) El Espacio de Libertad Seguridad y Justicia y el D.I.Pr. 5.- Procedimientos de producción jurídica de carácter transnacional: D.I.Pr., lex mercatoria y arbitraje comercial internacional.
§ III
Dimensión técnico-jurídica del sistema
Sección 1ª
Competencia Judicial Internacional
LECCIÓN 3.- COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL: ASPECTOS GENERALES
1.- Competencia judicial internacional: A) Jurisdicción, competencia judicial internacional y competencia judicial interna; B) Criterios de determinación de la competencia judicial internacional. 2.- Alcance de la soberanía del Estado en la determinación de la competencia judicial internacional: las inmunidades de jurisdicción y ejecución del Estado extranjero y otras personas o entidades.
LECCIÓN 4.- DETERMINACIÓN DE LA COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL EN EL ORDEN CIVIL (I)
1.- El Reglamento (UE) nº 1215/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, al reconocimiento y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Ámbitos material, espacial, temporal y relacional del Reglamento. 2.- El sistema de reparto de competencias: A) Competencias exclusivas; B) Prorrogación de foro: condiciones y límites. C) Competencia general en función del domicilio del demandado; D) Competencias especiales por razón de la materia; E) Competencias particulares por razón de la protección de una de las partes; F) Las llamadas competencias derivadas; G) Medidas provisionales y cautelares. 3.- Tratamiento de los problemas particulares derivados del reparto de competencias: A) Comprobación de la competencia judicial y de la admisibilidad; B) Litispendencia y conexidad internacionales 4. El Convenio "paralelo" de Lugano de 2007: ámbito de aplicación y soluciones particulares.
LECCIÓN 5.- DETERMINACIÓN DE LA COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL EN EL ORDEN CIVIL (II)
1.- El Reglamento (UE) 2019/1111, del Consejo, de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustracción internacional de menores. A) Competencias en materia matrimonial. B) Competencias en materia de responsabilidad parental C) Supuestos específicos de traslado ilícito de menores. D) Problemas de aplicación. 2.- El Reglamento 4/2009, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos. 3.- El Reglamento 650/2012, de 4 de julio de 2012, en materia de sucesiones. 4.- Los Reglamentos (UE) 2016/1103 y 2016/1104, sobre regímenes económicos matrimoniales y parejas registradas.
LECCIÓN 6.- DETERMINACIÓN DE LA COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL EN EL ORDEN CIVIL (III)
1.- Sistema autónomo: el contexto valorativo. Principios básicos del sistema de la LOPJ y Constitución. 2.- Los artículos 21 y siguientes de la LOPJ: interpretación e interrelación de los foros de competencia judicial internacional; 3.- Problemas particulares en la determinación de la competencia judicial internacional: A) Control de la competencia judicial internacional; B) Litispendencia internacional.
Sección 2ª
Régimen del proceso con elemento extranjero
LECCIÓN 7.- RÉGIMEN DEL PROCESO CON ELEMENTO EXTRANJERO
1-. El Derecho procesal civil internacional: la regla lex fori regit processum 2.- Delimitación de materias incluidas y excluidas de la regla lex fori regit processum: A) capacidad; B) legitimación procesal; C) representación procesal; D) especial consideración de la prueba: carga de la prueba, presunciones legales, admisibilidad de los medios de prueba y fuerza probatoria. 3.- El llamado Derecho procesal europeo: A) Unificación del Derecho procesal europeo para situaciones transfronterizas; B) El proceso monitorio europeo; C) El proceso europeo de escasa cuantía. 4.- El beneficio de justicia gratuita. 5.- Tratamiento procesal del derecho extranjero: alegación, conocimiento y prueba del derecho extranjero. 6.- Asistencia judicial internacional.
Sección 3ª
Eficacia en el foro de actos y resoluciones extranjeras
LECCIÓN 8.- EFICACIA EN EL FORO DE RESOLUCIONES EXTRANJERAS: ASPECTOS GENERALES
1.- Validez territorial de los actos y resoluciones extranjeras: el D.I.Pr. frente a la discontinuidad en el espacio de los productos jurídicos. 2.- Los efectos de las resoluciones judiciales extranjeras en España: teorías de extensión de efectos, de equiparación de efectos y de acumulación de efectos. 3. Regímenes de reconocimiento, clases y relaciones entre los mismos: especial consideración de los regímenes convencional y de la UE. 4.- Efectos típicos y ex pedientes apropiados: A) El reconocimiento automático; B) El reconocimiento a título principal a través de un proceso ad hoc; C) El reconocimiento incidental; D) La declaración de ejecutabilidad; E) El control a efectos constitutivo-registrales. 5. La ejecución sin procedimiento previo de reconocimiento.
LECCIÓN 9.- RECONOCIMIENTO DE DECISIONES (II): PRESUPUESTOS DE RECONOCIMIENTO O DE EJECUCIÓN DE DECISIONES EXTRANJERAS
1.- Condiciones de regularidad de las actas y resoluciones extranjeras. 2.- Orden público 3. Regularidad del procedimiento extranjero 4.- No contrariedad entre decisiones judiciales 5. No contrariedad con un procedimiento pendiente en el Estado requerido. 6.- Verificación de la competencia judicial del juez de origen. 7.- Control de la ley aplicada por el Tribunal de origen. 8. El reconocimiento y la prohibición de revisión del fondo del asunto. 9. Condiciones en los supuestos de ejecución directa de resoluciones extranjeras.
LECCIÓN 10.- RECONOCIMIENTO DE DECISIONES (III): SUPUESTOS ESPECIALES DE RECONOCIMIENTO.
1.- Laudos arbitrales. 2.- Condenas en costas y gastos del juicio. 3.- Reconocimiento de medidas provisionales y cautelares extranjeras. 4.- Transacciones judiciales. 5.- Reconocimiento de los efectos de los actos extranjeros de jurisdicción voluntaria. 6.- El documento público extranjero como título de acceso a un registro español. 7. Reconocimiento de la fuerza ejecutiva de los documentos públicos extranjeros. 8. El título ejecutivo europeo.
Sección 4ª
Derecho Aplicable
LECCIÓN 11.- DIMENSIÓN NORMATIVA DEL DERECHO APLICABLE: PLURALIDAD NORMATIVA
1. El método del reconocimiento frente al método de determinación de la ley aplicable. 2.- Perspectiva formal: A) Normas reguladoras y normas de aplicación; B) Regulación directa y regulación indirecta; C) Unilateralismo-multilateralismo; 3.- Técnicas de reglamentación directas: A) Normas materiales especiales. B) Normas materiales imperativas 4.- Técnicas de reglamentación indirectas: A) Normas de extensión y normas de conflicto unilaterales. B) La norma de conflicto: diversificación estructural y funcional de la norma de conflicto 5.- Cláusulas de excepción a la ley reclamada por la norma de conflicto.
LECCIÓN 12.- DIMENSIÓN NORMATIVA DEL DERECHO APLICABLE: PROBLEMAS DE APLICACIÓN DE LA NORMA DE CONFLICTO
1.- El problema de la imperatividad de la norma de conflicto. 2. El supuesto de hecho de la norma de conflicto: A) El problema de la interpretación: normas de conflicto autónomas y normas de conflicto convencionales; B) El problema de la delimitación C) El problema de la calificación. 3.- El punto de conexión: A) El problema de la interpretación del punto de conexión; B) Puntos de conexión mutables: el conflicto móvil; C) Puntos de conexión mutables: el fraude de ley. 4.- Aplicación del derecho material extranjero: A) El conflicto de calificaciones: delimitación de supuestos y técnicas de solución. B) Los supuestos de inadaptación y sus soluciones: sustitución y transposición C) La adaptación stricto sensu. D) El conflicto internacional transitorio. E) La excepción de orden público. 5.- Aplicación del derecho internacional privado extranjero: A) El reenvío B) Remisión a un sistema plurilegislativo 6.- Otros problemas de aplicación: la cuestión previa.
Parte II
DERECHO CIVIL INTERNACIONAL
Sección 1ª
Persona
LECCIÓN 13.- PERSONA FÍSICA, CAPACIDAD Y RÉGIMEN DE LAS INCAPACIDADES
1.- La ley personal: alcance del estatuto personal. 2.- Comienzo de la personalidad. Protección jurídica del nasciturus. 3.- Extinción de la personalidad: A) La muerte. Problemas derivados de la conmoriencia; B) La declaración de fallecimiento 4.- La capacidad: A) Ámbito de la ley aplicable; B) Problemas generales de aplicación y la excepción del "interés nacional". 5.- El nombre de las personas físicas. A) Régimen general. B) Particularidades en la UE. C) Régimen del cambio de nombre.
LECCIÓN 14.- PROTECCIÓN DE MENORES y PROTECCIÓN DE PERSONAS MAYORES
1.- Problemas de delimitación y medidas de protección de menores. 2.- El art. 9.6 CC y el Convenio de La Haya de 1996 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños. 3.- Adopción internacional: A) Convenio de La Haya relativo a la protección del niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional; B) Ley de Adopción internacional de 2007. 4.- La protección de personas mayores en DIPr.
Sección 2ª
Obligaciones y Derechos reales
LECCIÓN 15.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES
1.- El Reglamento núm. 593/2008, de 17 de junio de 2008 (Roma I): A) Ámbito material de aplicación B) Carácter erga omnes, duración en el tiempo, relación con otras fuentes. 2.- La elección de ley en general: A) Principios subyacentes a la regulación del Reglamento Roma I; B) Forma, tiempo y alcance objetivo y subjetivo de la elección de ley; C) Existencia y validez del pacto de elección de ley; 3.- La ley aplicable en defecto de elección en general: A) Soluciones especiales; B) Solución general: residencia habitual de la parte que deba realizar la prestación característica; C) La regla de los vínculos más estrechos 4.- Elección de ley y regla subsidiaria para ciertos contratos de consumo, contratos individuales de trabajo, seguros y transporte; 5.-Ámbito material de la ley aplicable; B) Cesión del crédito y subrogación legal; 5.- Aspectos sujetos a conexión especial: A) Capacidad; B) Forma y medios de prueba; 6.- Restricción de la autonomía conflictual a través de normas de intervención. 6. Problemas generales de aplicación: A) Exclusión del reenvío y reserva del orden público; B) Roma I y los Estados plurilegislativos.
LECCIÓN 16.- OBLIGACIONES NO CONTRACTUALES
1.- Fuentes de Derecho conflictual. A) Reglamento núm. 864/2007, del Parlamento y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II). B) Régimen convencional específico. C) Vigencia del sistema autónomo del C.c. 2.- Ámbito de aplicación del Reglamento: material, temporal, espacial y relacional. 3.- Ley aplicable, reglas generales. A) Autonomía de la voluntad B) Ley aplicable en defecto de pacto. 4.- Normas especiales. A) Competencia desleal y actos que restrinjan la libre competencia B) Daño medioambiental C) Infracción de los derechos de propiedad intelectual D) Acción de conflicto colectivo E) Enriquecimiento injusto, gestión de negocios y culpa in contrahendo. 5.- Convenio de La Haya sobre responsabilidad del fabricante por sus productos y Convenio de La Haya sobre ley aplicable a la responsabilidad derivada de accidentes de circulación por carretera.
LECCIÓN 17.- DERECHOS REALES Y COSAS
1.- Aspectos generales: A) Bienes corporales y no corporales; B) Estatuto real y estatuto patrimonial: Ámbito de aplicación de la lex rei sitae. 2.- Régimen de los bienes corporales: A) La regla lex rei sitae en el art. 10.1 CC; B) Reglas especiales; C) Principio de continuidad de los derechos reales y "conflicto móvil"; 3. Los derechos de propiedad intelectual e industrial. El art. 10.4 CC. 5.- Protección de los bienes culturales.
Sección 3ª
Familia y sucesiones
LECCIÓN 18.- CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO, CRISIS MATRIMONIALES Y RELACIONES ENTRE CÓNYUGES. PAREJAS REGISTRADAS Y UNIONES DE HECHO
1.- Régimen de la celebración del matrimonio. 2.- Nulidad matrimonial. 3.- Ley aplicable a la separación y al divorcio: el Reglamento 1259/2010 del Consejo de 20 de diciembre de 2010 (Roma III). 4.- Efectos del matrimonio: A) Delimitación de la categoría "efectos del matrimonio"; B) Régimen económico matrimonial: el Reglamento (UE) 2016/1103. 5.- Los efectos patrimoniales de las parejas reg istradas: el Reglamento (UE) 2016/1104. 6.- Las llamadas "uniones de hecho" en D.I.Pr.
LECCIÓN 19.- FILIACIÓN Y ALIMENTOS
1.- Determinación del vínculo de filiación. A) Unidad de regulación y problemas interpretativos en el art. 9,4º del C.c. B) La filiación derivada de gestación por subrogación 2.- Ley aplicable a la obligación alimenticia: el Protocolo de 23 de noviembre de 2007 sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias. A) Ámbitos de aplicación; B) Régimen general de soluciones; C) Supuestos especiales.
LECCIÓN 20.- SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE
1.- La ley aplicable a las sucesiones internacionales: la ley sucesoria y la ley sucesoria anticipada 2.- El Reglamento 650/2012, sobre sucesiones: A) Ámbitos de aplicación: en especial, situaciones transitorias. B) La ley aplicable a la sucesión. C) La ley aplicable a la admisibilidad y validez material de pactos sucesorios y otras disposiciones mortis causa. D) Soluciones materiales. E) Problemas de aplicación: reenvío y orden público. 3.- El art. 9.8 CC. A) Ámbitos de aplicación B). Ley sucesoria y ley sucesoria anticipada: posibles relaciones. C) La Ley aplicable a los derechos que por ministerio de la ley corresponden al cónyuge supérstite. D) Problemas de aplicación: orden público y reenvío.
1.- MANUALES (se recomienda que se posea uno de los manuales siguientes).
J.C. Fernández Rozas/S. Sánchez Lorenzo, Derecho internacional privado, Civitas, Madrid, última edición.
F.J. Garcimartín Alférez, Derecho internacional privado, Civitas Thomson, Cizur Menor Navarra, última edición.
C. Esplugues Mota/J.L. Iglesias Buhígues, Derecho internacional privado, Tirant Lo Blanch, Valencia, última edición.
M. Gómez Gene, M. Guzmán Zapater y otros, Lecciones de Derecho internacional privado, Tirand lo Blanch, Valencia, última edición.
2.- BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA (disponible en la biblioteca Concepción Arenal).
Anuario Español de Derecho Internacional Privado (diversos años y volúmenes).
A. L. Calvo Caravaca y J. Carrascosa González, Tratado de Derecho Internacional privado, 3 tomos, Tirant lo Blanch, Valencia, 2020.
3.- TEXTOS NORMATIVOS.
S. Álvarez González y otros, Legislación básica de Derecho internacional privado, Comares, Granada (última edición)
4.- RECURSOS ELECTRÓNICOS.
Los profesores encargados proporcionarán a los alumnos los necesarios recursos electrónicos para preparar las clases con la suficiente antelación.
Además, los alumnos tienen que estar familiarizados con la búsqueda de recursos en los siguientes sitios:
Catálogo Iacobus (USC) (http://iacobus.usc.es/)
Base de datos de legislación y jurisprudencia Westlaw Aranzadi (http://www.bugalicia.org).
Cendoj (http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp)
Unión Europea (http://europa.eu/index_es.htm), en especial Tribunal de Justicia (http://curia.europa.eu/)
BOE (https://www.boe.es/)
DOUE (https://eur-lex.europa.eu/oj/direct-access.html?locale=es)
Conferencia de La Haya de DIPr (www.hcch.net)
Portal Europeo de e-Justicia (https://beta.e-justice.europa.eu/)
1.- Familiarización del alumnado con los instrumentos propios del Derecho internacional privado y, por extensión y como parte integrante del mismo, con los principios que informan el ordenamento jurídico.
2.- Atender al alumnado de manera que sea capaz de vincular una realidad de hecho con una serie de normas conformadas por determinados supuestos de hecho.
3.- Identificación, delimitación e interpretación de la normativa aplicable.
4.- Valoración y crítica de doctrina y jurisprudencia. Atención por el alumnado de los medios on-line y en formato tradicional.
5.- Asunción de enseñanzas, exposición de problemas y relación de conclusiones.
1.- Clases expositivas. Se evitará el tipo de clase teórica en la que el docente se limita a exponer una parte de la disciplina, siendo el alumno un mero receptor no participativo (clases magistrales): el docente actuará, en cambio, como guía en la participación del alumno, proponiendo un intercambio de ideas, de interpretaciones y de informaciones.
Parte del contenido del programa docente podrá canalizarse a través de una serie de conferencias que se impartirán a lo largo del curso y cuyo contenido será objeto de evaluación.
2.- El docente fomentará el debate en las aulas e irá formulando preguntas a la clase orientadas hacia la identificación, resolución o exposición de los problemas básicos de la asignatura. En la atención a este objetivo y como aspecto integrante del debate, existirá un contacto permanente con la práctica incluso en la exposición de las clases expositivas.
3.- Se tratará de aproximar al alumno al lenguaje propio del Derecho internacional privado.
4.- Se fomentará la participación activa del alumno en el proceso de impartición docente, combinando las explicaciones exhaustivas de un tema, más allá de lo expuesto en los manuales al uso, consiguiendo hacer necesaria la asistencia a clase (hecho que permitirá un mejor aprendizaje a través de la participación global del aula), junto con las explicaciones a completar por los manuales o artículos especializados (el docente orientará al alumno en la selección de la bibliografía adecuada).
5.- Clases interactivas. El alumno recibirá las clases interactivas programadas específicamente dirigidas al trabajo con supuestos prácticos tipo, con la intención de traer a las aulas la realidad con la que se va a enfrentar el alumno en su vida profesional desde la óptica del juez, del abogado o del notario.
6.- Fomentar la consulta de fondos bibliográficos y jurisprudencia por los métodos tradicionales, así como por Internet.
7.- Atención individualizada al alumno a través de tutorías generales y extraordinarias.
I.- ALUMNOS CON EXENCIÓN DE DOCENCIA.
Los alumnos que hayan solicitado y obtenido la exención de docencia serán evaluados mediante un único examen final integrado por una o varias pruebas prácticas escritas y una prueba teórica oral. La valoración conjunta de ambas podrá implicar que un determinado grado de deficiencia en cualquiera de las dos pruebas (con independencia del grado de suficiencia alcanzado en la otra) determine una calificación global de deficiente.
Los alumnos con exención de docencia podrán obtener la máxima calificación posible, al igual que el resto de los alumnos.
II.- RESTO DE ALUMNOS.
1.- La evaluación de la materia impartida tanto en las clases expositivas como interactivas se realizará de la siguiente manera:
Tres pruebas parciales prácticas: la primera, antes de Navidad; la segunda, antes de Semana Santa; y la tercera, antes de la finalización de las clases.
Prueba final teórica y práctica en las fechas ya establecidas por la Xunta da Facultade de Derecho. La parte práctica será escrita para todos los grupos, y la parte teórica será escrita para todos los Grupos.
2.- Quienes se hayan presentado y hayan superado CADA UNA de las tres pruebas prácticas habrán superado la asignatura y obtendrán la calificación resultante de la valoración global de las mismas.
Para la superación de la prueba final por quienes no se hayan presentado a las pruebas prácticas o no las hayan superado en su totalidad, serán valoradas las dos partes (teórica y práctica) conjuntamente. Esta valoración conjunta podrá implicar que un determinado grado de deficiencia en cualquiera de las dos pruebas (con independencia del grado de suficiencia alcanzado en la otra) determine una calificación global de deficiente.
Quienes hayan superado las tres pruebas parciales prácticas (TODAS) y decidan voluntariamente concurrir a la prueba final obtendrán la calificación resultante de la valoración global de todas las pruebas realizadas.
3.- El examen final constará de una prueba práctica y una prueba teórica que podrán versar sobre cualquier extremo relativo a toda la materia impartida y, en su caso, a las charlas, conferencias o seminarios programados.
Para la prueba práctica el alumno podrá contar con cualquier material legislativo.
La ponderación máxima de la calificación alcanzada sobre la nota final será del 80%.
El 20% restante se evaluará de conformidad con el punto 5.
4.- Para poder superar la asignatura, se exigirá como requisito necesario una asistencia mínima del 80% de las clases efectivamente impartidas.
La justificación de las ausencias deberá hacerse en un plazo máximo de dos semanas con posterioridad a las mismas.
Son causas justificadas:
- La realización de exámenes oficiales o pruebas selectivas en la Administración, justificada mediante la acreditación del órgano evaluador;
- La presencia en órganos colegiados universitarios cuando sea representante de un colectivo, acreditada mediante la correspondiente convocatoria;
- El ingreso en centros hospitalarios o las consultas médicas programadas, acreditado por justificante del centro médico;
- La enfermedad que impida la presencia física en el centro, debidamente acreditada;
- La huelga o paro académico colectivo;
- La enfermedad grave o fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado, debidamente acreditada;
- El cumplimiento de un deber público, debidamente justificado;
- Cualquiera otra causa de fuerza mayor, a juicio del Decanato, en los grados, o de la Coordinación del máster, en los másteres.
5.- Serán igualmente valoradas cualesquiera otras actividades directamente vinculadas a la asignatura y realizadas bajo la supervisión y control de los profesores responsables, tales como exposiciones públicas de temas de actualidad, trabajos dirigidos, lecturas específicamente recomendadas, etc. Igualmente se valoración de la capacidad de comprensión y análisis de los problemas, capacidad de relación con los problemas afines, capacidad de resumen, abstracción y síntesis, expresión oral (rigor en la utilización de los términos jurídicos y exposición de los problemas) y claridad y corrección de la expresión escrita.
La participación en clase del alumno será especialmente requerida por el profesor. Esta participación junto con el resto de las actividades programadas podrá conformar hasta un 20% de la nota final. A tales efectos, y entre otras actividades, se podrán ofertar pruebas individuales en las clases presenciales, tanto expositivas como interactivas, de no más de 20 minutos, que el alumno podrá voluntariamente cumplimentar para disponer de un mayor número de datos objetivos sobre dicha participación.
6.- Normativa de Permanencia de la Universidad para los Estudios de Grado y Máster: especificaciones respecto de la actividad académica evaluable conforme a lo establecido en la programación o guía docente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5.2 de la nueva Normativa de Permanencia da Universidade para os Estudos de Grao e Máster, estará sujeto a evaluación, de acuerdo con los parámetros y condiciones especificados en esta programación docente en el punto relativo a "Sistema de evaluación da aprendizaxe", todo alumno que haya realizado cualquiera de los exámenes programados a lo largo del curso, tanto los exámenes parciales como el examen final.
7.- Para los casos de realización fraudulenta de ejercicios o pruebas será de aplicación lo dispuesto en la “Normativa de avaliación do rendemento académico dos estudantes e de revisión de cualificacións”.
1.- Horas presenciales. Derecho internacional privado disfruta de nueve créditos, equivalentes a 90 horas de clases presenciales.
2.- Horas non presenciales. Se considera necesario un mínimo de 150 horas para fijar y asimilar los contenidos de la asignatura.
3.- Total computado: un mínimo de 240 horas de trabajo dedicado al Derecho internacional privado.
1.- Asistencia a clase desde el primer día de curso. La novedad de la materia, así como el lenguaje propio de la disciplina, junto con su intrínseca dificultad, complican su comprensión y hacen necesaria la presencia en las aulas desde el comienzo del año.
2.- Participación activa del alumnado en clase. Facilitará la comprensión de la materia y proporcionará al docente un dato importante sobre el nivel de la promoción.
3.- Hacerse con todos materiales propios de la asignatura, fundamentalmente, manuales habitualmente recomendados, así como la legislación básica. Los materiales normativos deberían ser traídos diariamente a las aulas.
4.- Estudio diario de la asignatura. Permitirá seguir las clases con más facilidad.
5.- Solicitud por parte del alumno de aclaración de dudas tanto en el momento final de las clases como durante el transcurso de las mismas.
6.- Empleo habitual y continuado de las horas de tutorías ordinarias.
Convendría que el alumnado disfrutase de una base suficientemente sólida de, al menos, Derecho mercantil, Derecho civil y Derecho procesal para afrontar con mayores garantías de éxito el estudio del Derecho internacional privado.
Santiago Alvarez Gonzalez
- Departamento
- Derecho Común
- Área
- Derecho Internacional Privado
- Teléfono
- 881814670
- Correo electrónico
- santiago.alvarez [at] usc.es
- Categoría
- Profesor/a: Catedrático/a de Universidad
Javier Maseda Rodríguez
Coordinador/a- Departamento
- Derecho Común
- Área
- Derecho Internacional Privado
- Teléfono
- 881814745
- Correo electrónico
- javier.maseda [at] usc.es
- Categoría
- Profesor/a: Titular de Universidad
Paula Paradela Arean
- Departamento
- Derecho Común
- Área
- Derecho Internacional Privado
- Teléfono
- 881814746
- Correo electrónico
- paula.arean [at] usc.es
- Categoría
- Profesor/a: Profesor Interino/a sustitución S. Esp. y otros
Lunes | |||
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10:30-12:00 | Grupo B-horario de mañana (G-O) | Castellano | Aula 3 |
Martes | |||
10:30-12:00 | Grupo B-horario de mañana (G-O) | Castellano | Aula 3 |
Jueves | |||
09:00-10:30 | Grupo C-horario de mañana (P-Z) | Castellano | Aula 2 |
15:00-16:30 | Grupo A-horario de tarde (A-F) | Castellano | Aula 2 |
Viernes | |||
09:00-10:30 | Grupo C-horario de mañana (P-Z) | Castellano | Aula 2 |
15:00-16:30 | Grupo A-horario de tarde (A-F) | Castellano | Aula 2 |
28.05.2025 10:00-12:00 | Grupo B-horario de mañana (G-O) | Salón de Actos |
28.05.2025 13:00-15:00 | Grupo C-horario de mañana (P-Z) | Salón de Actos |
28.05.2025 16:00-18:00 | Grupo A-horario de tarde (A-F) | Salón de Actos |